Pierrick Bruyas, Université de Strasbourg
El pasado 17 de agosto, el Gobierno español del socialista Pedro Sánchez solicitó el reconocimiento del euskera, el catalán y el gallego como lenguas oficiales de la Unión Europea. Esta petición forma parte del paquete de medidas negociadas con Junts, el partido independentista catalán liderado por Carles Puigdemont, como parte de un acuerdo de coalición.
La incorporación de nuevas lenguas oficiales al ordenamiento jurídico de la UE no es automática ni trivial. El régimen lingüístico de la UE se ha ido construyendo gradualmente desde la entrada en vigor del Tratado de Roma, en 1958. Primero se eligieron las cuatro lenguas comunitarias (francés, alemán, italiano y neerlandés). Fue una elección revolucionaria en su momento, que aún hoy resulta difícil de explicar, pero se supone que evitó cualquier conflicto en Bélgica, que compartía sus tres lenguas oficiales con otros cuatro Estados miembros.
A partir de entonces se instauró una tradición: cada vez que se ampliaba la UE, los representantes de los Estados miembros en el Consejo de la UE incluían la lengua oficial del nuevo Estado miembro. Con algunas excepciones, el número fue aumentando con cada nueva ampliación.
La norma de la UE es el multilingüismo
El reglamento al respecto es muy claro: la UE es una organización multilingüe con 24 lenguas oficiales y de trabajo. Sin embargo, una búsqueda rápida en internet puede generar dudas, pues existe una fuerte tendencia a confundir las lenguas oficiales de la UE con las lenguas de trabajo de determinadas instituciones.
En la Comisión Europea se ha hecho habitual el uso del inglés en sus operaciones internas y en sus relaciones con otras instituciones y socios externos (se calcula que el inglés representa alrededor del 80 % del uso, frente al 15 % del francés y el resto del alemán). Es cierto que el inglés domina ampliamente las prácticas de trabajo de la mayoría de las instituciones europeas. Esto puede parecer sorprendente dado que el Brexit se acordó definitivamente en enero de 2020, pero puede explicarse por el hecho de que se requiere la unanimidad de los Estados miembros para realizar el más mínimo cambio –adición o supresión– en las lenguas oficiales de la Unión.
Dado que el inglés es la primera lengua extranjera que dominan los europeos, no es de extrañar que ninguno de los Estados miembros haya pretendido modificar el régimen lingüístico de manera que se suprima esta eficaz lengua franca. Sin embargo, sería erróneo afirmar que una institución como la Comisión Europea sólo utiliza tres lenguas de trabajo. El inglés, el francés y el alemán son las principales lenguas que se hablan en la Comisión (por orden de importancia), porque necesitamos poder entendernos en las reuniones y no podemos exigir que haya permanentemente un ejército de intérpretes, como sí es necesario en el Parlamento Europeo.
No es lo mismo lenguas de trabajo que lenguas oficiales
Un eurodiputado es una persona elegida por sufragio universal directo, que debe poder ser elegida por el pueblo independientemente de sus conocimientos lingüísticos. En cambio, es normal exigir a los funcionarios de la Comisión que puedan expresarse en varias lenguas europeas. A pesar del predominio del inglés, las 24 lenguas oficiales se utilizan, en un momento u otro, por escrito u oralmente. El Tribunal de Justicia de la UE también vigila que los concursos para la contratación de funcionarios europeos no den preferencia al inglés sin la debida justificación de la institución.
Por último, no hay que olvidar que las lenguas de trabajo de las instituciones no deben confundirse con las lenguas oficiales de la UE. En efecto, estas últimas pueden utilizarse en las instituciones (el Parlamento Europeo es, sin duda, el ejemplo más llamativo), pero también son, sobre todo, las lenguas autorizadas en la redacción de los textos legislativos y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE. Por ejemplo, una directiva o un reglamento europeos sólo se considerará jurídicamente vinculante si se ha traducido y publicado en las 24 lenguas oficiales de la Unión.
Incorporación sistemática de nuevas lenguas oficiales
En determinados temas se requiere la unanimidad de los Estados miembros de la UE para modificar las normas vigentes. Esto se aplica a la fiscalidad, por ejemplo, pero también a la ampliación de la Unión para incluir a un nuevo Estado miembro, o a su régimen lingüístico. Esta unanimidad debe obtenerse en el Consejo de la Unión Europea, es decir, en la reunión de los ministros de cada Estado. Para una cuestión institucional de este tipo, el Ministro de Asuntos Exteriores de cada uno de los veintisiete Estados miembros será, por tanto, invitado a esta reunión del Consejo.
Hasta ahora, existía un cierto consenso sobre la incorporación de una nueva lengua oficial cuando un nuevo Estado entraba a formar parte de la Unión. Durante las oleadas de adhesión a la UE de los países de Europa Central en 2004 y 2007, por ejemplo, los Estados miembros acordaron añadir casi tantas nuevas lenguas oficiales como nuevos Estados miembros había: húngaro para Hungría, checo para la República Checa, etcétera.
Por diversas razones, el caso de los Estados miembros con varias lenguas nacionales o varias lenguas oficiales no planteó problemas en el momento de la adhesión. La principal explicación es que una lengua que es regional en un país suele ser la lengua nacional de otro. Por ejemplo, el alemán en el norte de Italia o el francés en el Valle de Aosta. España es única en este sentido porque, a diferencia de Bélgica, que tiene tres lenguas nacionales, es un Estado con una lengua nacional y lenguas regionales que, en conjunto, sólo se hablan en España.
Las lenguas regionales (principalmente catalán, euskera, gallego y aranés) gozan de un nivel de protección muy elevado al ser lenguas cooficiales en cada una de las regiones españolas afectadas. Esta particular configuración de España explica que sólo se reivindicara el español (castellano) cuando se adhirió a la UE.
Esta no es la única razón. Es evidente que en 1986, cuando España ingresó en la UE, la protección y el reconocimiento de las lenguas regionales españolas no estaban tan avanzados como en la actualidad. A esto se añade el deseo de los Estados miembros de utilizar únicamente su lengua nacional en su diplomacia y de no desviarse de la tradición de “una nueva adhesión, una nueva lengua” que ha permitido a la UE realizar un cierto ahorro financiero y logístico.
Unanimidad y presupuesto: condiciones poco favorables
Una vez decidido el régimen lingüístico de la UE, la única forma de cambiarlo es por unanimidad de los Estados miembros. De ahí que resulte casi imposible añadir o suprimir una lengua, salvo en el caso de que se incorpore un nuevo Estado miembro. Esta unanimidad hace muy poco plausible la hipótesis de que todos los demás Estados europeos acepten la propuesta de un Estado de añadir tres nuevas lenguas oficiales.
De hecho, hoy en día ningún Estado europeo tendría interés en aceptar tal cambio, ya que supondría una carga aún mayor para el presupuesto de la UE dedicado a traducción y operaciones multilingües. Es más, es raro que los Estados europeos vean con buenos ojos que se haga demasiado hincapié en las lenguas regionales y minoritarias. Es muy poco probable que un país como Francia, por ejemplo, acepte apoyar este añadido cuando se encuentra en una posición histórica y política de fuerte desconfianza hacia sus lenguas regionales y minoritarias.
Así pues, nada hace pensar que la propuesta española vaya a prosperar. En caso de una probable respuesta negativa de la UE, los representantes electos de España tendrán que demostrar una gran habilidad política para evitar que la coalición se deshaga.
¿Cómo puede comunicarse la UE con sus interlocutores catalanes, vascos y gallegos?
España ha encontrado en los últimos veinte años soluciones administrativas inteligentes para permitir que todos sus ciudadanos –incluso los que no hablan castellano o no desean utilizarlo– tengan acceso pleno y completo a la legislación y las instituciones de la UE.
Uno de los principales mecanismos es permitir a los hablantes de lenguas regionales españolas escribir a las instituciones europeas en su propia lengua (por ejemplo, catalán). La institución destinataria envía entonces el texto a Madrid, que lo traduce al español (lengua oficial de la UE). La institución puede entonces responder al ciudadano en español y trasladar la respuesta a Madrid, que la traducirá de nuevo a la lengua regional (por ejemplo, el catalán).
Dado que las tres lenguas regionales españolas no son lenguas oficiales de la UE, no existe un servicio de traducción específico en el Parlamento Europeo. Esto puede suponer un problema, dado que la norma europea dicta que un diputado siempre debe poder representar a sus conciudadanos europeos sin verse obstaculizado por una barrera lingüística.
Los intérpretes del Parlamento Europeo explican que los eurodiputados están contentos con el sistema actual y que los expertos en español se las arreglan para traducir lo más ampliamente posible. Sin embargo, sigue habiendo una verdadera cuestión democrática en juego, sobre todo teniendo en cuenta el gran número de catalanohablantes (se calcula que unos 9 millones). Pero la unanimidad necesaria para modificar el régimen lingüístico de la Unión tiene tendencia a congelarlo.
Una solución a medias podría tener el efecto de proporcionar los beneficios del multilingüismo sin suponer una carga demasiado grande para el presupuesto y los esfuerzos prácticos de la UE. Sería algo similar a lo prevista para las lenguas nacionales irlandesa y maltesa, con la que todos saldrían ganando. Se trataría de acordar que la legislación europea jurídicamente vinculante para los ciudadanos se traduzca y sea accesible en las lenguas regionales de España, sin convertirlas en lenguas oficiales de la UE, lo que tendría consecuencias mucho más trascendentales para la organización de toda la Unión.
Pierrick Bruyas, PhD in Law, postdoctoral researcher (Univ. of Strasbourg), guest researcher (Univ. of Aarhus, Denmark), Université de Strasbourg
Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.