El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Majadahonda (Madrid) ha decretado el archivo y sobreseimiento de la querella presentada en agosto de 2020 por el Club de Fútbol Fuenlabrada contra altos cargos de la Real Federación Española de Fútbol y el Real Club Deportivo, por un presunto delito de prevaricación, falsificación documental, amenazas y organización criminal.
La querella firmada por el club madrileño apuntaba que tanto los federativos como el club coruñés se habían compinchado para, “de forma ilícita y deliberada organizar un plan con la intención de perjudicar empresarial y patrimonialmente al C.F. Fuenlabrada, con la finalidad de evitar el descenso del Real Club Deportivo”. Todo a raíz de que el equipo madrileño se presentase en A Coruña con gran parte de su plantel contagiado de covid-19 y el duelo final de la liga de Segunda División 2019-20 tuviese que ser aplazado sin que el Deportivo defendiese sus opciones en el campo al mismo tiempo que el resto de su rivales por la permanencia.
Los razonamientos jurídicos que desmontan la querella son demoledores. La magistrada incide en que, reconocido además de “forma expresa” por la parte querellante, el Fuenlabrada (como parece evidente) no ha sido descendido de categoría, de manera que no se pueden acreditar unos eventuales perjuicios empresariales y patrimoniales derivados de ese hecho. “Es una cosa imposible, al no haberse producido el suceso determinante de los perjuicios denunciados”, incide el auto judicial, que expone a que a partir de ahí “ya se intuye la falta de credibilidad del relato de la querella puesto que el presupuesto del que se parte en la misma –supuesta conjura de los querellados para descender de categoría al equipo querellante- no se ha producido”.
La jueza apunta, igualmente, que para identificar un delito de prevaricación es preciso disponer de una resolución dictada por una autoridad o funcionario en asunto administrativo, que sea contraria a Derecho, que no pueda ser razonada por una argumentación técnico-jurídica, que ocasione un resultado injusto y que sea dictada para actuar en contra del derecho. El Fuenlabrada entendía que todo eso se había producido al nombrar la Federación Española de Fútbol a Ricardo Esteban Díaz como juez instructor del caso, decisión también criticada en su día por LaLiga. Pero la magistrada aclara que ese nombramiento se hizo conforme a la normativa y procedimiento vigente y apunta que las alegaciones del Fuenlabrada no son “consistentes y serias” para justificar “un mínimo atisbo de prevaricación en su designación”.
El hecho de que el instructor propusiese una serie de medidas cautelares no incide sobre su idoneidad o que fuese irregular su actuación, recuerda la jueza. Y acaba con otro argumento demoledor: “Ninguno de los querellados ostenta la condición de autoridad o funcionario público, requisito exigido para que pueda existir el tipo de prevaricación”. El Fuenlabrada se querelló contra Luis Rubiales, presidente de la Federación; Andreu Camps, secretario general federativo; Ricardo Esteban Díaz, juez instructor en el caso Fuenlabrada; Miguel Garcia Caba, responsable de la asesoría jurídica de la RFEF; Ángel Rodríguez, agente de jugadores; el Real Club Deportivo y su asesor jurídico Óscar Rama.
Finalmente en cuanto al contenido calificado por el Fuenlabrada como “amenazante” de una carta remitida por Andreu Camps en la que refiere que la no aceptación de una competición de una liga con 24 equipos supondría la continuación del expediente sancionador y un eventual descenso del club madrileño, la jueza explica que nuevamente se está ante una “mera hipótesis que no se ha visto consumada” y cuyo contenido tampoco tiene de forma inequívoca un contenido amenazador ya que también puede ser interpretado a modo de información.
El Fuenlabrada tiene un plazo de cinco días para apelar. Mientras tanto sigue abierto un proceso penal en un juzgado coruñés.