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El Supremo impide que el bufete del exministro Caamaño facture 300.000 euros cuando no debía de cobrar ni 20.000

  • 8 de marzo de 2021
  • Redacción
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El bufete de abogados del exministro socialista y antiguo líder de los socialistas coruñeses Francisco Caamaño facturó 300.000 euros por unos servicios de asesoramiento jurídico que valían, según la Justicia de la que fue ministro Caamaño, 19.575. CCS Abogados quiso cobrar la hora de trabajo a 300 euros a la Federación Gallega de Servicios de Transporte de Autobús (Fegabus) y a la Federación Gallega de Transporte de Viajeros (Fegatravi), clientes a los que pasó una minuta de 3.000 euros por contestar correos electrónicos o de 3.600 por mantener tres reuniones de trabajo.

Así lo considera probado en su día la Audiencia Provincial de A Coruña. El bufete acudió al Tribunal Supremo con un recurso de casación, pero no se lo han admitido y confirman así una sentencia que aludía a que la labor de CCS era más que la propias de unos abogados las de unos lobbistas que ejercían presión en el entorno político.

Caamaño presentó su renuncia como diputado del Parlamento de Galicia en abril de 2015. Alegó razones personales tras su destitución como líder los socialistas en la provincia coruñesa en medio de una serie de discrepancias con la dirección que entonces detentaba José Ramón Besteiro a nivel autonómico.

Las dos federaciones de transportistas acudieron en 2014 al despacho de abogados coruñés para que defendiesen sus intereses respecto a la devolución del ‘céntimo sanitario’, impuesto sobre las ventas minoristas de hidrocarburos que fue declarado contrario a la directiva europea sobre fiscalidad de los carburantes y cuyos ingresos se destinaban a financiar la sanidad. Además buscaron asesoramiento jurídico relacionado con la incidencia de una sentencia del Tribunal Supremo que afectaba a los plazos y prórrogas de las concesiones de transportes de viajeros de Galicia. Con el tiempo se encontraron con una factura astronómica.

Los magistrados entienden que las cifras que se manejan están «fuera de lugar», máxime cuando se pretenden cobrar «sorpresivamente, sin ningún tipo de advertencia previa al cliente». Así, consideran «evidente» que si llegan a informar del coste de sus servicios, «no los hubieran contratado, se habrían ido a otro despacho».

Ahora el Tribunal Supremo explica, en un auto con fecha de 10 de febrero, que el despacho en ningún momento indicó el coste siquiera aproximado de los servicios que desempeñaba y tampoco anticipó conceptos e importes que finalmente se integraron en la factura pro forma que originó el pleito. El Tribunal estima que la Audiencia fijó un precio justo. “Ha atendido para la fijación de los honorarios a percibir por los servicios profesionales que se prestaron a los factores a los que hace referencia la doctrina jurisprudencial alegada, cuestión diferente es que el recurrente no esté conforme con las conclusiones alcanzadas por la sentencia recurrida”, matiza en el auto. “Se están manejando cifras que no se acomodan a los usos y prácticas de la abogacía en la ciudad de A Coruña”, completa.

El Supremo sostiene que no se puede presentar una minuta sobre una base de 44 millones de euros de facturación del sector del transporte, tal y como pretendía CCS. Y entiende que ese importe ni es el beneficio obtenido por los clientes, ni los clientes son la parte mayoritaria del sector. Por todo ello, no admite el recurso de casación ni el recurso extraordinario por infracción procesal, declara firme la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña e impone las costas al despacho.

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